ARTÍCULO 15.
La constitución Española de 1978 establece en la sección primera y en su artículo 15 (de los derechos fundamentales y de las libertades públicas) que todo individuo tiene derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
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